viernes, 3 de marzo de 2017

Reconocimiento inicial.

Reconocimiento inicial
El reconocimiento inicial ocurre cuando una operación se incorpora por primera vez en la información financiera al considerarse devengada de acuerdo con el postulado devengación contable. 

Verbigracia, cuando se adquieren activos y servicios, se asumen pasivos, se emiten instrumentos de deuda o capital, o se reciben aportaciones.

Los activos, pasivos y capital o patrimonio contable, deben reconocerse inicialmente a los valores de intercambio en que ocurren originalmente las operaciones, a menos que dicho no sea representativo; en cuyo caso, debe realizarse una estimación adecuada, considerando las normas particulares que les sean aplicables.

El valor así reconocido, resulta de aplicar conceptos de valuación que reflejen las cantidades de efectivo que se afecten o su equivalente, o bien, que representen una estimación confiable de la operación, cuando dicho valor se considere devengado.

El valor de intercambio corresponde a una transacción recíproca con el mismo valor económico para las partes que intervienen. Para una podría ser el precio de venta y para la otra el precio el precio de compra o costo de adquisición. Y es por ende, el valor al cual deben reconocerse los activos adquiridos, los pasivos asumidos y las emisiones de instrumentos de deuda o capital, en su reconocimiento inicial.

Si la transacción es en efectivo, el valor de intercambio para a entidad debe considerar la cantidad de efectivo entregado o recibido, salvo que ésta exceda al valor razonable de la partida reconocida y, por consiguiente, no sea representativa, por lo que en este caso debe utilizarse el valor razonable.

PALABRAS CLAVE.

Palabras clave
Palabras clave.
Criterio, transacciones, economía, entidad, norma.


Definición personal.

Los objetivos de ésta norma son establecer los criterios generales que deben utilizarse en la valuación, tanto en el reconocimiento inicial como en el posterior, de transacciones, transformaciones internas y otros eventos.




Bibliografía.
Fcaenlinea1.unam.mx > 1257_cr_NIF_A-6



Palabras y significado.
Devengar: Tener una persona el derecho a percibir una cantidad de dinero.



Ejemplo.
El registro económico que se hace al iniciar un negocio, se incorporan los activos, pasivos y el capital. 










































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